Se inició el proceso de resolución de CEFISA con supervisión, control y monitoreo intensivo de la Superintendencia de Bancos
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La entidad CRISOL Y ENCARNACIÓN FINANCIERA S.A.E.C.A – CEFISA presentó voluntariamente un plan de regularización, de conformidad con el artículo 6°, inciso d) y el artículo 7°, inciso a) de la Ley N° 2334/2003 “De Garantía de Depósitos y Resolución de Entidades de Intermediación Financiera Sujetos de la Ley General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito”.
El plan presentado por la entidad fue aceptado por la Superintendencia de Bancos (SB) mediante Resolución SB. SG. Nº 00076/2022 de fecha 30.09.2022.
Al mismo tiempo, conforme al mandato establecido en el artículo 7° de la Ley N° 2334/03, la SB comenzó un proceso de supervisión, control y monitoreo intensivo a la entidad. En el marco de esta supervisión intensiva, se ha verificado el incumplimiento de compromisos asumidos por la entidad para subsanar la situación que originó el proceso de regularización, con la consecuencia establecida en el artículo 11° de la Ley N° 2334/2003.
En tal sentido, se comunica al público en general que el Directorio del Banco Central del Paraguay, mediante Resolución Nº 1, Acta Nº 70, de fecha 06.12.2022, ha resuelto iniciar el procedimiento de Resolución de la entidad CRISOL Y ENCARNACIÓN FINANCIERA S.A.E.C.A – CEFISA, por lo que la Superintendencia de Bancos ha designado interventores de la entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 2334/03.
Los interventores de la Superintendencia de Bancos determinarán, lo antes posible, la situación patrimonial de la Entidad Financiera a la fecha de la resolución, y realizarán exclusivamente actos de conservación y los necesarios para llevar adelante la Resolución de la entidad, conforme con la norma reglamentaria emitida por el Directorio del Banco Central del Paraguay.
El Fondo de Garantía de Depósitos garantiza los depósitos de las personas naturales o jurídicas, residentes o no residentes en el país, bajo cualquier modalidad y denominación, es decir, en moneda nacional y/o extranjera.
A la fecha, el monto máximo de cobertura del régimen de garantía de depósitos es de ₲ 191.273.025, equivalente a 75 salarios mínimos mensuales por persona física o jurídica.
Lo acontecido con esta entidad es un hecho aislado y no compromete la continuidad de las operaciones y menos aún la estabilidad del sistema financiero nacional. CRISOL Y ENCARNACIÓN FINANCIERA S.A.E.C.A. – CEFISA es una entidad muy pequeña dentro de este sistema. Su cartera de créditos representa solamente el 0,33% del sistema financiero nacional y su total de depósitos equivale nada más que al 0,38% de los depósitos totales en el sistema.
En cuanto estructura de dependencia y servicios cuenta con una matriz y cuatro sucursales, cinco cajeros automáticos y una terminal de autoservicio. En cuanto a sus operaciones en trasferencias de fondos vía Sistema de Pagos del Paraguay – SIPAP, se verifica una baja participación alcanzando en moneda nacional solo el 0,19% y en moneda extranjera 0,24% del total de movimientos.
El directorio del Banco Central del Paraguay, a propuesta de la Superintendencia de Bancos, evaluando la situación de los activos de la entidad, decidirá sobre el mecanismo de Resolución que mejor satisfaga los derechos de los depositantes. Preferentemente, se realizarán las acciones que correspondan para posibilitar la transferencia directa de depósitos con derecho a garantía, juntamente con activos del balance de la entidad en resolución, en forma competitiva, a una o varias entidades del sistema financiero que sean solventes.
El Banco Central a través de un diario de circulación nacional comunicará al público en general la decisión adoptada por su Directorio, referente a los mecanismos a ser implementados, las modalidades de pago y todo otro dato que se estime necesario a fin de facilitar a los ahorristas el cobro de la garantía de los depósitos. La transferencia o comunicación del pago de la garantía se realizará dentro del plazo establecido en la Ley.
El Banco Central del Paraguay otorga plenas garantías de que el proceso de resolución de la entidad CRISOL Y ENCARNACIÓN FINANCIERA S.A.E.C.A – CEFISA se desarrollará en un marco de orden, eficiencia y con apego irrestricto a las condiciones y los plazos establecidos en la ley, precautelando el interés de los depositantes y la estabilidad del sistema financiero nacional.