Este sábado 1 de abril entra en vigencia la Ley 5414/2015, «De promoción de la disminución del uso de plástico polietileno” que obliga a los comercios de todo el país deberán cobrar por las bolsas de polietileno de un solo uso. Conforme al tamaño de las mismas, los precios oscilarán entre G. 100 hasta G. 250 por cada bolsa.

Con la puesta en vigor de esta normativa, los consumidores deberán tener en cuenta el pago por las bolsas de polietileno que son utilizadas al comprar los productos adquiridos en supermercados y otros comercios.

Según la regplamentación de la Ley 5414/15, en las cajas registradoras de los establecimientos comerciales se podrán entregar tres unidades gratuitas de las bolsas de polietileno de un solo uso. A partir de la cuarta deberán percibir el costo por unidad, según el tamaño del recipiente.

Asimismo, los comercios deberán ofrecer opciones a la venta de otros tipos de bolsos de algodón, arpillera o polietileno más resistente para varios usos a los clientes, quienes podrían ahorrarse costos llevando los suyos.

Las bolsas alternativas deberán ser exhibidas en zonas destinadas al cobro de mercaderías con carteles que digan “Cuidemos el ambiente, reutiliza, recicla las bolsas plásticas, en ocasión de tus compras lleva contigo tu bolsa reutilizable”

En su resolución, el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) especifica que el cobro por las bolsas tiene por objetivo entregar al consumidor bolsas de polietileno más resistentes que puedan ser reutilizadas el mayor número de veces y destinar los recursos a campañas de concienciación.

Esto teniendo en cuenta la contaminación que genera el excesivo uso de bolsas de polietileno y que solo se degradan después de 150 años.

El MIC marcó un cronograma que arranca desde el 1 de setiembre de 2018 hasta el 1 de setiembre del 2023 para el remplazo total de las bolsas de polietileno y el uso de las biodegradables que no producen alteraciones en el medioambiente.

En cuanto a las sanciones por contravenciones a la resolución 353, serán aplicadas previo sumario administrativo de parte de la Dirección General de Asuntos Legales del MIC, según establece la Ley 5114.

El incumplimiento o transgresión de las disposiciones hará pasible a los comercios e industrias de multas de entre 10 y 50 jornales mínimos, seg{un la normativa.

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