El Impuesto a la Renta Personal (IRP) tiene inscripto, al 30 de abril de 2017, a un total de 50.020 contribuyentes, de acuerdo con los datos que maneja la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET). Cabe recordar que este tributo está vigente desde el año 2012, oportunidad en que ingresaron las personas que percibían más de 120 salarios mínimos anuales.

En el presente ejercicio fiscal 2017 el IRP alcanza a las personas que ganen más de 60 salarios mínimos anuales y en el 2019 se completará el círculo alcanzando a todas aquellas personas que perciban más de 36 salarios mínimos anuales.

Por otra parte, cabe señalar que en este mes de mayo caen los vencimientos del pago del tributo correspondiente al ejercicio fiscal 2016, estando obligados los contribuyentes que percibieron más de 72 salarios mínimos anuales, que equivalen a G. 131.331.960. Estos contribuyentes deben presentar su declaración jurada y pagar en función a la terminación del número del Registro Único del Contribuyente (RUC).

Las personas alcanzadas por el impuesto que abonen después del mes de mayo lo harán con multas, según indicó el coordinador de Servicios al Contribuyente de la SET, José Vernazza.

Indicó además que el formulario a ser utilizado para la liquidación del IRP del ejercicio 2016 (presentación 2017) es el Formulario 104 – Versión 02 (la misma versión utilizada el año pasado para la presentación del ejercicio 2015). Recién para la presentación del año 2018, cuando corresponda la presentación del ejercicio 2017, se deberá utilizar la Versión 03 del formulario.

Compartir